Código Ético

La Alta Dirección de Tanatorios y Crematorios Huelva, SLU, declara su compromiso ineludible con la calidad, el respeto y la ética en la prestación de todos nuestros servicios funerarios, sirviendo como guía para todo nuestro personal.

Nuestra Política se fundamenta en los siguientes principios:

  1. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA PROFESIÓN

Artículo 1. Legalidad

El profesional funerario tiene la obligación de conocer, aplicar y acatar en todo momento la legislación vigente y las normas reglamentarias que rigen la actividad (sanidad mortuoria, transporte, seguridad, etc.).

Artículo 2. Libre Elección

La libre elección del profesional funerario por parte de la familia o allegados es un principio fundamental. Todo nuestro personal debe respetar y garantizar que este derecho se ejerza de manera efectiva, sin sugerencias, insinuaciones o coacciones para elegir un servicio o un destino final determinado.

Artículo 3. No Discriminación

Los servicios se prestarán con la misma calidad, respeto y dignidad a todos los clientes, sin importar su país de nacimiento, ideología, creencias religiosas, condición social o económica.

  1. RELACIONES CON EL CLIENTE Y DEBERES ÉTICOS

Artículo 4. Respeto y Lealtad

El Agente Funerario mantendrá siempre una actitud respetuosa, leal y comprensiva con el cliente.

  • Se abstendrá de toda intrusión en los asuntos familiares del fallecido.
  • El lenguaje utilizado será sensible, respetuoso y profesional, evitando cualquier forma de publicidad agresiva, intimidante u hostil en el trato personal.

Artículo 5. Transparencia e Integridad (Foco UNE-EN 15017)

La Integridad es un valor esencial que se manifiesta en la Transparencia.

  • Información Obligatoria: El cliente será informado obligatoriamente del coste total estimado del funeral antes de la contratación.
  • Publicidad y Oferta: La empresa actuará de forma honesta y veraz. Queda prohibido publicitar una competencia, cualificación o servicio que no se posea o no se pueda acreditar.

Artículo 6. Confidencialidad

El secreto profesional es un deber y un derecho fundamental. Se mantendrá la absoluta confidencialidad sobre la información del difunto, los datos personales de la familia y las circunstancias del servicio, incluso después de finalizado el servicio.

III. DEBERES CON LA PROFESIÓN Y LA CALIDAD

Artículo 7. Dignidad Profesional

El personal debe abstenerse de toda actuación que pueda empañar su reputación y la imagen pública de la profesión, buscando siempre elevar el conocimiento profesional funerario a un nivel superior (Mejora Continua).

Artículo 8. Competencia y Formación

El profesional funerario tiene la obligación de mantener su formación actualizada y demostrar la cualificación profesional necesaria para el servicio que presta.

Artículo 9. Respeto Mutuo y Colaboración

El profesional mantendrá el más absoluto respeto hacia los demás compañeros y empresas del sector, evitando descalificaciones o alusiones personales. El objetivo es colaborar para el beneficio final de la familia.

Este Código es de obligatorio conocimiento y cumplimiento para todo el personal de la empresa. Invitamos a todo el equipo a asumir estos compromisos y aportar en el logro de estos objetivos con responsabilidad y profesionalidad.

 

En Aracena a 20 de octubre de 2025

 

Scroll al inicio